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Como ya habíamos publicado el Gobierno de la Ciudad de México presento semanas pasadas el plan gradual hacia la nueva normalidad , en el cual se incluye un nuevo esquema de jornadas que consta de horarios escalonados 4×10 de entrada y salida por sector y por ubicación.
¿Qué es el esquema de 4×10?
El esquema de trabajo 4 por 10 se basa en los estudios realizados por académicos del Instituto Weizmann de Ciencias de Israel.
“Este es el modelo que se analiza como parte del proceso para entrar a la nueva normalidad, tras el cierre de todos los negocios y las industrias que no se consideraron vitales durante la contingencia”, explicó José Merino, titular de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP) del gobierno de la CDMX.
Este esquemas de trabajo a distancia y jornadas 4 por 10 consiste en que por cada cuatro días de trabajo presencial el colaborador deberá permanecer diez días en confinamiento de manera rotativa entre el personal. Claro, esto será siempre y cuando sea posible implementarlo.
De esta manera se prevé la reducción de contagios, ya que si el colaborador se contagia durante los cuatro días de trabajo presencial, este tendrá diez días de aislamiento en los que no podrá propagar el virus. También se evaluarán diferentes zonas de la Ciudad, con la finalidad de que estas abran antes o después según sea el caso.
¿Qué opinan los expertos?
Alejandró Avilés, abogado laborista declaró para El Economista que “es importante resaltar que el trabajador y el patrón podrán acordar la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales que indica el artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo”.
Añadió que “ambas partes —trabajador y empleador— de manera bilateral pueden hacer los ajustes que sean necesarios, siempre y cuando no rebase los máximos permitidos; por lo que el planteamiento hecho por el gobierno de la Ciudad de México consistente en horarios y días de trabajo escalonados mediante un esquema de ‘4×10’ (cuatro días de trabajo por diez horas diarias), no contraviene la Ley”.
Por otro lado, el coordinador del Observatorio Laboral de la Reforma Laboral, Alfonso Bouzas, comentó para el mismo medio que “cada empresa deberá determinar en qué casos se puede aplicar esta medida (…) y tomar en cuenta que la jornada laboral prevista en la ley es de ocho horas al día, 48 horas a la semana”
Bouzas concluyó que “se pueden ajustar a efecto de tener dos día a la semana de descanso. Se reduce en la jornada nocturna y para los trabajadores al servicio del estado, es la única regla”.
Fuente El Contribuyente.