La autoridad fiscal dio a conocer 10 prácticas indebidas que se han identificado en la emisión de la Factura Electrónica 3.3. Revisa los detalles y evita caer en este tipo de acciones.
A través de un comunicado en su portal de internet, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) difunde las prácticas indebidas que se han detectado en la emisión de facturas (CFDI) por parte de algunos contribuyentes.
Las malas prácticas identificadas por el SAT son:
- Exigir cualquier dato distinto al RFC. La autoridad señala que solicitar un dato distinto no es requisito para la emisión de la factura, por lo que llama a los contribuyentes al cuidado de datos personales que no son requisito fiscal.
- Obligar a proporcionar un correo electrónico, cuando es opcional, es decir, que los contribuyentes tienen la opción de revisar la emisión de las facturas a través de la página del SAR, con RFC y contraseña, por lo que no es necesario presentar un email para su envío.
- Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura. El precio debe incluir IVA, sin importar la solicitud de la factura.
- Obligar al receptor a generar la factura en un portal, ya que éste se debe generar y entregar en el establecimiento donde se realiza la operación y al momento, si así lo requiere el contribuyente.
- Negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción, ya que ésta se puede emitir con posteridad, mientras sea el mismo año en que se realizó la operación.
- Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté pagada. La forma de pago se debe registrar cuando se realice efectivamente.
- Solicitar obligatoriamente se indique el uso que se le dará a la factura. Si no se conoce esta información, se deberá utilizar la clave «P01 Por definir» o la que señale el receptor.
- Negar la emisión de la factura cuando se pague en efectivo, siempre se deberá emitir factura cuando así lo solicite el contribuyente.
- No emitir la factura cuando se reciben pagos por anticipos, ya que estos también deben facturarse.
- No emitir factura. El SAT no tiene suscrito convenio con ningún contribuyente, cámara o asociación para la no emisión de facturas electrónicas.
También la autoridad fiscal indica que de no expedir, no entregar o no poner a disposición de los clientes las facturas, con los respectivos requisitos señalados por el SAT, se podrán considerar infracciones.
Recomendamos ampliamente revisar los detalles de estas prácticas indebidas para cumplir en tiempo y forma con las disposiciones fiscales.
Fuente SoyConta