¿Qué son los Complementos para el CFDI 4.0?

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Desde el 1 de mayo del 2022 será obligatorio, emitir un complemento para el CFDI en el caso en que la autoridad así lo especifique, dependiendo del tipo de actividad que lleve a cabo, ya que si no lo hace, estaría incurriendo en una omisión y por lo tanto tendría que pagar una multa. Pero, ¿qué son los complementos? ¿Quiénes están obligados a emitirlos?

En el Artículo 29, segundo párrafo fracción III del CFF, se establece que los contribuyentes deben

III. Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF

  • Los requisitos que el SAT establezca
  • Los complementos del CFDI

¿Qué son los complementos?

Los Complementos y Complementos Concepto, permiten integrar información adicional de uso regulado por la autoridad para un sector o actividad especifica, permitiendo que la Información adicional sea protegida por el sello digital de la factura.

  • El SAT ha establecido que actividades requieren que se adicione un complemento y de no lo hacerlo así se estaría incurriendo en una infracción y por lo tanto se tendría que pagar una multa de 400 a 600 pesos por cada CFDI que emitido sin el correspondiente complemento.
  • Los complementos de factura son información adicional para el CFDI.
  • Los conceptos complemento son información adicional para el Concepto Complemento.
  • Hay vigentes 42 complementos según especifica la página del SAT.
  •  

30 Complementos en Materia General

 

12 Complementos en Materia de Retenciones

Puedes consultar las listas de complementos en la página del SAT en el siguiente link:

http:omawww.sat.gob.mx/factura/Paginas/emite_complementosdefactura.htm

 

De acuerdo al Artículo 29 en su segundo párrafo

Se vuelve obligatorio emitirlos si lo especifica la autoridad y si han transcurrido 30 días desde la emisión de la factura.

Artículo 29-A, segundo párrafo, fracción IV.

Los contribuyentes a los que se refiere el párrafo anterior deberán cumplir con las obligaciones siguientes:

(1) Remitir al SAT, antes de su (2)expedición con el objeto de que este proceda a:

  • Validar los requisitos del artículo 29-A
  • Validar requisitos contenidos en los complementos

Cuando somos receptores de un comprobante fiscal debemos comprobar que sea un documento oficial y que cumpla con las reglas de validación para que sea una partida deducible para efectos del ISR y que se acredite para efectos de la deducción del IVA.

La emisión de un CFDI es un acto jurídico donde el cliente envía el comprobante y como emisor tendrá hasta 24 horas para emitir el comprobante fiscal y 72 horas para el timbrarlo.

Para que se pueda dar la cancelación de un CFDI el receptor tiene que aceptar la cancelación, pero si éste no lo acepta en 72 horas se vence el plazo y la cancelación es automática.

PAC Proveedor Autorizado de Certificación

Artículo 29-A segundo párrafo, fracción IV, CFF.

El PAC es un proveedor autorizado por el SAT, a través del cual podrás generas tu comprobante fiscal.

Según este artículo podrás tener los PACs que desees, pero por cada PAC que tengas tendrás que tener un certificado de sello digital.

¿Deseas saber cómo contactar con un PAC autorizado por el SAT? Llama al 55473702 y uno de nuestros asesores te apoyará.

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