El día 15 de agosto de 2019, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) difundió en su portal de Internet una versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, mediante la cual se deroga la regla 2.8.1.25 que establecía la facilidad para personas físicas que clasificaran sus CFDI de ingresos y gastos a través del aplicativo “Mi contabilidad”.
Como se recordará, la aplicación de esta facilidad dada a conocer por el SAT a finales de agosto de 2018, era opcional, mediante la cual se establecía una forma alternativa de presentación de los pagos provisionales de ISR y definitivos de IVA para los contribuyentes personas físicas con actividades empresariales, profesionales y de arrendamiento (con excepción de los que utilicen la aplicación “Mis cuentas” y los dedicados exclusivamente a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y pesqueras).
Esta facilidad tenía también como beneficios los siguientes:
- No enviar la Contabilidad Electrónica.
- No presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)
Es importante considerar estas modificaciones ya que con la eliminación de la facilidad mencionada solo resulta aplicable la mecánica de ingresar la información relativa a las declaraciones de pagos provisionales de ISR y definitivos de IVA directamente en el formulario del aplicativo.
Fuente SoyConta